[id. 2311] [más]
12/5/2013
sin identificar

13/05/2013 [natxo] - 12/5/2013

 


NO COMERCIALIZAR ANIMALES SILVESTRES Decreto 164/996 Art. 1: Mantiénese en vigor la prohibición de la caza, tenencia, transporte, comercialización e industrialización de todas las especies zoológicas silvestres y sus productos, existentes en el territorio nacional y la destrucción de sus refugios, madrigueras, nidos y sus hábitats en general.